Categoría: Tips

¿Cuanto debo esperar para cambiarme o desafiliarme de una isapre?

Diciembre, 2020

A continuación te contamos todos los detalles que debes saber de cómo y cuándo desafiliarse.



¿Cuánto debo esperar para cambiarme o desafiliarme de una Isapre?

Diciembre, 2020

¿Cuánto debo esperar para cambiarme o desafiliarme de una Isapre?

Para realizar la desafiliación de una Isapre hay que cumplir una serie de requisitos, no muy difíciles de comprender, entre los principales esperar un año desde el contrato del plan de salud ya que esa es la vigencia minima que poseen.

Tal cual lo especifica la Supertintendencia de salud, para desafiliarse de una Isapre los cotizantes deben presentar una carta firmada ante la aseguradora en la que manifieste su intención inequívoca de poner término al contrato de salud, dicha comunicación debe ser cursada por la isapre siempre y cuando se haya cumplido con el período mínimo de vigencia del contrato de un año contado desde el inicio de los beneficios.

Excepcionalmente en caso de cesantía, el afiliado puede solicitar a la isapre el término de su Contrato de Salud, incluso antes de cumplir un año de vigencia de los beneficios pactados en el plan de salud. La cesantía deberá ser debidamente acreditada ante la isapre con carta de despido, finiquito, carta de renuncia voluntaria u otro documento que demuestre el término de la relación laboral.

Si deseas desafiliarte y cambiarte a cualquier isapre lo puedes hacer en forma gratuita e inmediata aquí.

 


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A continuación te contamos todos los detalles que debes saber de cómo y cuándo desafiliarse.

Para realizar la desafiliación de una Isapre hay que cumplir una serie de requisitos, no muy difíciles de comprender, entre los principales esperar un año desde el contrato del plan de salud ya que esa es la vigencia minima que poseen.

Tal cual lo especifica la Supertintendencia de salud, para desafiliarse de una Isapre los cotizantes deben presentar una carta firmada ante la aseguradora en la que manifieste su intención inequívoca de poner término al contrato de salud, dicha comunicación debe ser cursada por la isapre siempre y cuando se haya cumplido con el período mínimo de vigencia del contrato de un año contado desde el inicio de los beneficios.

Excepcionalmente en caso de cesantía, el afiliado puede solicitar a la isapre el término de su Contrato de Salud, incluso antes de cumplir un año de vigencia de los beneficios pactados en el plan de salud. La cesantía deberá ser debidamente acreditada ante la isapre con carta de despido, finiquito, carta de renuncia voluntaria u otro documento que demuestre el término de la relación laboral.

Si deseas desafiliarte y cambiarte a cualquier isapre lo puedes hacer en forma gratuita e inmediata aquí.

 


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Ingresar a isapre con preexistencias

Noviembre, 2020

Noviembre, 2020

¿Es posible ingresar
a una isapre
con preexistencias?

En un avance por eliminar las preexistencias a fines de Junio 2020 se anuncia el fin de las preexistencias congenitas ( cualquier enfermedad o malformación de antes de nacer).

Algunos ejemplos:

  • Sindrome de Down.
  • Labio leporino.
  • Cardiopatía congénita.

Al igual existen las preexistencias que se generan a través del tiempo.

En algunas ocaciones las isapres aceptan las preexistencias dependiendo del tipo de que esta sea  y el informe médico que acredite la condición actual.

En este proceso es muy común que una isapre rechaze a una persona por su preexistencia pero puede ser que esta misma ingrese en otra isapre.

El proceso son algunos pasos previos a la suscripción del plan de isapre seleccionado:

  • Llenado de Declaración de Salud
  • Esta se va directo a un contralor médico
  • Contralos médico evalua la condición y decide si es viable o no el ingreso en la isapre.
  • Si la Declaración de salud es aceptada recién ahí se procede a firmar el contrato del plan para el ingreso a la isapre nueva, antes solo tenemos una declaración de salud solamente ingresada
  • Los ejecutivos de isapre solo si la declaración de salud fue aceptada pueden proceder a desafiliar a una persona de su isapre antigua.
  • Si la declaración de salud es rechazada el proceso queda Nulo. 
  • Cada isapre tiene sus propias reglas internas. algunas aceptan preexistencias que en otras no se aceptan.

Para tener mayor certeza es recomendable evaluar cada situación individualmente.

Preexistencia: Corresponde a cualquier enfermedad, patología o condición de salud que haya sido conocida por el afiliado y diagnosticada médicamente con anterioridad a la suscripción del contrato o a la incorporación del o la beneficiario/a, en su caso.

En un avance por eliminar las preexistencias a fines de Junio 2020 se anuncia el fin de las preexistencias congenitas ( cualquier enfermedad o malformación de antes de nacer).

Algunos ejemplos:

  • Sindrome de Down.
  • Labio leporino.
  • Cardiopatía congénita.

Al igual existen las preexistencias que se generan a través del tiempo.

En algunas ocaciones las isapres aceptan las preexistencias dependiendo del tipo de que esta sea  y el informe médico que acredite la condición actual.

En este proceso es muy común que una isapre rechaze a una persona por su preexistencia pero puede ser que esta misma ingrese en otra isapre.

El proceso son algunos pasos previos a la suscripción del plan de isapre seleccionado:

  • Llenado de Declaración de Salud
  • Esta se va directo a un contralor médico
  • Contralos médico evalua la condición y decide si es viable o no el ingreso en la isapre.
  • Si la Declaración de salud es aceptada recién ahí se procede a firmar el contrato del plan para el ingreso a la isapre nueva, antes solo tenemos una declaración de salud solamente ingresada
  • Los ejecutivos de isapre solo si la declaración de salud fue aceptada pueden proceder a desafiliar a una persona de su isapre antigua.
  • Si la declaración de salud es rechazada el proceso queda Nulo. 
  • Cada isapre tiene sus propias reglas internas. algunas aceptan preexistencias que en otras no se aceptan.

Para tener mayor certeza es recomendable evaluar cada situación individualmente.

Preexistencia: Corresponde a cualquier enfermedad, patología o condición de salud que haya sido conocida por el afiliado y diagnosticada médicamente con anterioridad a la suscripción del contrato o a la incorporación del o la beneficiario/a, en su caso.


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Me quedé sin pega ¿qué hago con mi Isapre?

Agosto, 2019

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¿Qué hago con mi
plan de isapre?

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¿Qué hago con mi
plan de isapre?

Lo primero es lo primero.

Es importante que acudas a cualquier sucursal de tu isapre para dar aviso de tu nueva situación. La ley establece un plazo de 10 días contados desde la fecha en que se haya producido la situación de cesantía. Cuando des aviso debes presentar tu finiquito, carta de despido u otro documento en que acredite el término de la relación laboral que tenías con tu empleador. Si no das aviso tu contrato de salud continuará vigente y comenzarás a generar deudas de cotizaciones que serán de tu responsabilidad.

Tips

Es importante que verifiques si el plan de salud contratado cuenta con seguro de cesantía. Algunos planes cuentan con seguros muy convenientes que cubren desde 3 meses hasta 6 meses de cotización.

¿Qué puedo hacer? 

Dependiendo de tu situación personal puedes evaluar distintas opciones:

  • Puedes mantener tu plan de Isapre, pagando de manera voluntaria. Al perder la calidad de trabajador dependiente, para la isapre pasas a ser un cotizante voluntario o independiente, y responsable del pago de las cotizaciones.
  • También puedes cambiar de plan a uno más económico, que se ajuste a tu nueva situación. Si necesitas evaluar un plan, puedes realizarlo directamente con nosotros aquí.
  • Si es un costo que no puedes mantener puedes solicitar la desafiliación.  Para realizar este trámite debes dirigirte a una sucursal de la isapre y firmar una carta de desafiliación por cesantía.  Los beneficios del plan se extenderán hasta el último día del mes siguiente a la fecha del finiquito.

Evalúa con cuidado salir de la isapre, si en el grupo familiar alguien esta enfermo o ha tendido alguna enfermedad, ya que en ese caso, es altamente probable que si se va de la isapre no pueda volver a ingresar.

Lo primero es lo primero.

Es importante que acudas a cualquier sucursal de tu isapre para dar aviso de tu nueva situación. La ley establece un plazo de 10 días contados desde la fecha en que se haya producido la situación de cesantía. Cuando des aviso debes presentar tu finiquito, carta de despido u otro documento en que acredite el término de la relación laboral que tenías con tu empleador. Si no das aviso tu contrato de salud continuará vigente y comenzarás a generar deudas de cotizaciones que serán de tu responsabilidad.

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Es importante que verifiques si el plan de salud contratado cuenta con seguro de cesantía. Algunos planes cuentan con seguros muy convenientes que cubren desde 3 meses hasta 6 meses de cotización.

¿Qué puedo hacer? 

Dependiendo de tu situación personal puedes evaluar distintas opciones:

  • Puedes mantener tu plan de Isapre, pagando de manera voluntaria. Al perder la calidad de trabajador dependiente, para la isapre pasas a ser un cotizante voluntario o independiente, y responsable del pago de las cotizaciones.
  • También puedes cambiar de plan a uno más económico, que se ajuste a tu nueva situación. Si necesitas evaluar un plan, puedes realizarlo directamente con nosotros aquí.
  • Si es un costo que no puedes mantener puedes solicitar la desafiliación.  Para realizar este trámite debes dirigirte a una sucursal de la isapre y firmar una carta de desafiliación por cesantía.  Los beneficios del plan se extenderán hasta el último día del mes siguiente a la fecha del finiquito.

Evalúa con cuidado salir de la isapre, si en el grupo familiar alguien esta enfermo o ha tendido alguna enfermedad, ya que en ese caso, es altamente probable que si se va de la isapre no pueda volver a ingresar.

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¿Qué hago con mi plan de isapre?

En primer lugar, es importante que acudas a cualquier sucursal de tu isapre para dar aviso de tu nueva situación. La ley establece un plazo de 10 días contados desde la fecha en que se haya producido la situación de cesantía, cuando des aviso debes presentar tu finiquito, carta de despido u otro documento en que acredite el término de la relación laboral que tenías con tu empleador. Si no das aviso tu contrato de salud continuará vigente y comenzarás a generar deudas de cotizaciones que serán de tu responsabilidad.

Tips: Es importante que verifiques si el plan de salud contratado cuenta con seguro de cesantía. Algunos planes cuentan con seguros muy convenientes que cubren desde 3 meses hasta 6 meses de cotización.

¿Qué puedo hacer? 

Dependiendo de tu situación personal puedes evaluar distintas opciones:

1. Puedes mantener tu plan de Isapre, pagando de manera voluntaria. Al perder la calidad de trabajador dependiente, para la isapre pasas a ser un cotizante voluntario o independiente, y responsable del pago de las cotizaciones. 

2. También puedes cambiar de plan a uno más económico, que se ajuste a tu nueva situación. Si necesitas evaluar un plan, puedes realizarlo directamente con nosotros aquí

3. Si es un costo que no puedes mantener puedes solicitar la desafiliación.  Para realizar este trámite debes dirigirte a una sucursal de la isapre y firmar una carta de desafiliación por cesantía.  Los beneficios del plan se extenderán hasta el último día del mes siguiente a la fecha del finiquito.

Tips: Evalúa con cuidado salir de la isapre, si en el grupo familiar alguien esta enfermo o ha tendido alguna enfermedad, ya que en ese caso, es altamente probable que si se va de la isapre no pueda volver a ingresar.

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Ingresar a Isapre embarazada

Futuros padres

Lo que debes saber en planes de salud

Contar con un plan de isapre que te permita enfrentar las circunstancias que se presenten en tu embarazo con total tranquilidad, es indispensable.

 A continuación detallamos algunos consejos

Lo primero es lo primero, debes revisar tu plan:

Mamá debes saber  cómo cubre tú plan de salud el parto.

La isapre cubrirá el parto conforme a lo pactado en el plan de salud que has contratado. Por lo que debes verificar la cobertura de embarazo y parto que posees, no olvides que existen planes con cobertura normal de parto y otros con cobertura reducida, que cubren sólo un 25% de estas prestaciones.
Es importante que evalúes tu plan actual, y optes por un plan de salud que sea preferente para la clínica en la de desean atenderse mamá y  su bebé.

Incorporación del bebé como carga en el plan de salud:

Si ambos padres cotizan, dependiendo del 7% de cada uno deben evaluar quien tendrá a su hijo como carga. Si la futura mamá es titular cotizante es recomendable que sea ella quién tenga al bebé como carga. 

También te recomendamos evaluar la opción que los costos de la maternidad sean compensados. Es decir que el 7% del padre pueda ayudar a pagar el el plan con cobertura de parto de ella.

Si estoy embarazada, ¿puedo ingresar a una isapre? Si mi plan de salud posee maternidad reducida, ¿se puede cambiar? 

Pues bien, te puedes incorporar a una isapre estando embarazada, y también una afiliada puede cambiarse de un plan de maternidad reducida a uno que contemple cobertura para dichas atenciones. La diferencia está en que los topes de cobertura para embarazo y parto podrán variar según si contrataste el plan antes de la concepción de tu hijo o después, si te incorporas estando embarazada la isapre aplicará la «cobertura proporcional al parto».

Cuando debo Cotizar planes de isapres

Los momentos que debo cotizar alternativas de isapre

Hay una serie de factores que implican que su plan de isapre no siempre sea el mejor para ud

momentos claves donde es mejor asesorarse para ver que es lo mas conveniente .

  • Cuando se va a cumplir 35 años
  • Cuando se tiene un hijo y se acaba el post natal
  • Cuando se quiere cambiar de a maternidad reducida a con maternidad 
  • Cuando vienen las alzas de isapres anuales por lo general entre junio y agosto de cada año
  • Cuando se desea bajar el costo
  • Cuando se quiere tener mejores beneficios
  • Una vez al año

Realidad y mito 

  •  Realidad
    • No es necesario estar casado para poder compensar un plan
    • se puede tener de carga a quien yo desee en la isapre , ya sea familiar o amigo
    • no siempre la mejor opción es en conjunto a la pareja aveces las mejores opciones son cada uno en diferentes isapres
    • se puede cambiar de isapre una mujer incluso estando embarazada , aplicando ley de novenos
    • puede tener una mujer un plan sin maternidad y cambiar a uno con maternidad inclusive si esta embarazada aplicando ley de novenos
    • los contratos de isapres tienen vigencia un año, para poder desafiliarse antes tiene que ser de mutuo acuerdo con la isapre o en el momento que quede cesante
    • las personas que padecen preexistencias pueden cambiar de isapre siempre cuando la isapre acepte al postulante a través de una dps (declaración de salud) que sea llenada correctamente.

Ges y Caec información

 

¿Qué es el AUGE o GES?

Las Garantías Explícitas en Salud (GES), constituyen un conjunto de beneficios garantizados por Ley para las personas afiliadas al Fonasa y a las Isapres.

¿Quiénes pueden acceder al beneficio GES-AUGE?

Las personas que pueden acceder al beneficio GES-AUGE son los afiliados al Fonasa y a las Isapres.

¿Cómo acceder a los beneficios del plan AUGE o GES?

Si es cotizante o beneficiario del Fonasa, deberá ingresar al AUGE o GES a través del Consultorio de Atención Primaria donde esté inscrito. Luego, si es cotizante o beneficiario de una Isapre, deberá concurrir con el diagnóstico médico del profesional de salud tratante a las oficinas de la institución para que designe un Prestador de la Red AUGE o GES.

¿Cuál es el precio del plan Auge o GES?

El precio del plan Auge o GES va a depender de la afiliación de la persona. Una persona afiliada a Fonasa no debe pagar por el precio del plan Auge o GES, no así, una persona afiliada a una Isapre, debe pagar por cada beneficiario un monto mensual en pesos o Unidades de Fomento, U.F. determinado por su Isapre.

¿Cómo un afiliado puede atenderse por el Fonasa o por la Isapre a través del AUGE o GES?

Según el problema de Salud que tenga un afiliado, puede atenderse por el Fonasa o por la Isapre, ingresado a un Centro Asistencial determinado que puede aceptar o rechazar.

¿Puede un afiliado de Isapre atenderse por el plan AUGE o GES aunque inicialmente no haya solicitado dicho beneficio?

Sí, un afiliado de Isapre puede atenderse por el plan AUGE o GES aunque inicialmente no haya solicitado dicho beneficio, independiente de la etapa de la enfermedad en que se encuentre el paciente.

¿Qué ocurre si una persona beneficiaria de una Isapre con un problema de salud GES o AUGE renuncia al beneficio?

Todas aquellas personas beneficiarias de una Isapre que decidan renunciar a los beneficios del GES o AUGE, sólo se les otorgará la cobertura establecida en el Plan de Salud Complementario contratado con la Isapre. Sólo puede ser recomendable renunciar a dicho beneficio cuando la cobertura del plan de salud complementario es más favorable que las del beneficio GES.

¿La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas, CAEC de las Isapres cubre las prestaciones cubiertas por el plan AUGE o las GES?

No, las Isapres no cubren a través de la CAEC las prestaciones derivadas de problemas de salud que reúnan las condiciones exigidas para ser cubiertas por el plan AUGE o GES.

¿Qué pasa si un prestador de la Red GES no cumple con los plazos para atender a un paciente?

Si un Prestador de la Red GES no cumple con el plazo señalado para la Garantía de Oportunidad de un problema de salud GES que se ha diagnosticado, el paciente o un tercero que lo represente deberá reclamar al Fonasa o Isapre según corresponda, dentro de los 30 (treinta) días de vencido el plazo correspondiente. La Institución de Salud tiene un plazo de 2 (dos) días para designar un Segundo Prestador. Este nuevo prestador tendrá un plazo de 10 (diez) días corridos para atenderlo, salvo que el plazo garantizado para resolver el problema de salud del paciente sea menor. En el caso de que el Fonasa o la Isapre no designen un Segundo Prestador o éste no cumpliera debidamente con la atención, el paciente o su representante deberá reclamar de inmediato ante la Superintendencia de Salud, solicitando un Tercer Prestador, que será designado dentro de los 2 (dos) días siguientes a la presentación de su reclamo en esta Superintendencia.

¿Un paciente o su representante pueden solicitar a su Aseguradora el cambio del prestador de la Red AUGE o GES?

Sí, un paciente o su representante pueden solicitar directamente a su Aseguradora (Fonasa o Isapre), la designación de un nuevo prestador de la Red AUGE o GES, no obstante, la Aseguradora no está obligada a acceder a su requerimiento.

¿Cómo se bonifica una prestación AUGE o GES otorgada fuera de la Red, a un beneficiario al Fonasa y a un afiliado de Isapre?

En el caso de un beneficiario al Fonasa, las prestaciones serán bonificadas por la Modalidad Libre Elección, luego si se trata de un afiliado a Isapre, las prestaciones serán bonificadas por el Plan de Salud Complementarios

Ver Patologías ges


¿Qué es la Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas (CAEC), cuándo y dónde debe activarse?

La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas (CAEC) es un beneficio adicional al plan de salud otorgado por algunas Isapres (*) que permite financiar, cumplidos ciertos requisitos, hasta el 100% de los gastos derivados de atenciones de alto costo, tanto hospitalarias como algunas ambulatorias, realizadas en el país y cubiertas por el plan de salud. La CAEC se debe activar cuando un diagnóstico puede transformarse en una enfermedad catastrófica por el costo de las prestaciones que requerirá. El afiliado o beneficiario debe concurrir a su Isapre y solicitar la activación de la CAEC. Esta cobertura opera una vez que el monto de los copagos supera el deducible.

¿Cuál es el procedimiento para acceder a la cobertura adicional para enfermedades catastróficas, CAEC?

El procedimiento para acceder a la CAEC es el siguiente: un afiliado o su representante debe concurrir a las oficinas de la Isapre, llenar y firmar los documentos dispuestos para ello, entre otros, el formulario denominado «Solicitud de incorporación a la red cerrada de la CAEC y GES-CAEC. Dichos documentos serán tramitados internamente por la Isapre.

¿Qué es la Red CAEC de las Isapres?

Es un conjunto de prestadores de salud individuales e institucionales que las Isapres ponen a disposición de sus afiliados con el propósito de otorgarles la cobertura adicional para enfermedades catastróficas (CAEC).

¿Puede un afiliado de una Isapre hacer uso de la Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas, CAEC; en caso de urgencia con riesgo vital o secuela funcional grave?

Sí, el afiliado puede hacer uso de la CAEC, para ello es necesario que él, su beneficiario o su representante se contacte con su Isapre, para activar dicho beneficio según corresponda.

¿Qué prestaciones no son cubiertas por la Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas, CAEC?

Las prestaciones que no son cubiertas por la CAEC son: prestaciones cubiertas por el plan AUGE; las exclusiones de cobertura del contrato (preexistencias, prestaciones no aranceladas); las hospitalizaciones y tratamientos de patologías psiquiátricas, adicciones a drogas o alcoholismo; las cirugías y hospitalización fuera de la red o en el extranjero; las patologías derivadas de complicaciones y secuelas de los tratamientos cosméticos o con fines de embellecimiento; los tratamientos de infertilidad o esterilidad; los tratamientos odontológicos; la atención y hospitalización domiciliaria en todas sus formas; las prestaciones homologadas (entendiendo por homologación el reemplazo de prestaciones por otras no codificadas en el arancel del contrato de salud); los tratamientos quirúrgicos de la obesidad mórbida, sus complicaciones y secuelas, como cualquier otro tratamiento posterior a un tratamiento de obesidad, tanto quirúrgico como no quirúrgico, que tenga el carácter de cosmético, tales como abdominoplastía u otra corrección derivada de la baja de peso. Asimismo, los medicamentos ambulatorios (salvo las drogas inmunosupresoras en caso de trasplantes, las drogas citotóxicas aplicadas en ciclos de quimioterapia para el tratamiento del cáncer y los medicamentos definidos como coadyuvantes o biomoduladores que se usan antes, durante o después de los ciclos de quimioterapia que estén considerados en los programas del Ministerio de Salud) y los fármacos que tengan el carácter experimental para la patología en tratamiento o que no estén avalados por las sociedades científicas correspondientes y los medicamentos que no estén registrados por el Instituto de Salud Pública.

¿Cómo se calcula el deducible de la Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas, CAEC de un paciente beneficiario de una Isapre?

El deducible se calcula de acuerdo a la cotización pactada en el plan de salud. El deducible es el equivalente a la cantidad de 30 (treinta) veces la cotización pactada, por cada beneficiario que lo utilice, con un mínimo de 60 UF y un máximo de 126 UF, para cada enfermedad catastrófica o diagnóstico.

¿Cuál será el valor de la Unidad de Fomento, UF; que se utiliza para el cálculo del deducible de la Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas, CAEC de un paciente afiliado a una Isapre?

El valor de la UF, para el cálculo del deducible será el valor que esta unidad tenga al último día del mes anterior a aquél en que se efectúe la prestación que da origen al copago correspondiente.

¿En la cobertura adicional para enfermedades catastróficas, CAEC cada cuánto tiempo un afiliado a una Isapre debe pagar un nuevo deducible?

Se debe pagar el deducible anualmente. El deducible se acumula durante un año contabilizado desde la fecha en que el beneficiario entere el copago por la primera prestación que tenga su origen en una enfermedad catastrófica. Al cabo de un año de esa fecha, se deberá calcular un nuevo deducible.

¿En qué casos la Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas, CAEC cubre el traslado de un paciente afiliado a una Isapre?

La CAEC cubre el traslado de un paciente sólo en caso de urgencia con riesgo vital o de secuela funcional grave.

Puede una Isapre modificar la Red de Prestadores para Cobertura Adicional por Enfermedades Catastróficas (CAEC)?

Sí, una Isapre podrá reemplazar cualquiera de los prestadores de la red CAEC, manteniendo permanentemente actualizada la información. En todo caso, el prestador que se incorpore a la red CAEC deberá mantener las mismas condiciones de calidad médica e idoneidad técnica del prestador reemplazado.

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